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Decisión de la Asamblea Extraordinaria de la CAH sobre la situación de Mendoza

A partir de una apelación unificada presentada por la Asociación Mendocina de Balonmano respecto de la sanción del Tribunal de Penas, la Asamblea Extraordinaria de la Confederación Argentina de Handball resolvió revisar las sanciones aplicadas.

En diciembre de 2018, el Honorable Tribunal de Penas (HTP) de la Confederación Argentina de Handball (CAH) dio a conocer su fallo respecto de lo ocurrido con los representativos de la Asociación Mendocina de Balonmano (AMeBal) en los Argentinos Juniors de Selecciones de Chapadmalal de 2018, el cual fue ejemplificador y de suma corrección respecto de lo reglamentario y legal y se puede revisar en este enlace.

La AMeBal presentó una apelación unificada en representación de todos los sancionados, que otorgó a la Asamblea General Extraordinaria de la CAH el caracter de Tribunal para resolver la sanción a aplicar definitivamente.

Dicha Asamblea -en pleno conocimiento de la falta ocurrida, de lo ejemplar y ajustada a reglamento de la sanción aplicada por el HTP- decidió atender a cuestiones humanitarias, solidarizándose y buscando salvaguardar la actividad de AMeBal y sin espíritu alguno de saltar normas y reglamentos. Atento a esto, la Asamblea resuelve:

DE LAS FALTAS GRAVES DE LOS JUGADORES

  • Reducir la suspensión aplicada en la sanción original para jugadores y jugadoras a 6 (seis) meses en el ámbito de Mendoza. Suspensión hasta el 30/06/2019, levantamiento de sanción 01/07/2019.
  • Mantener la suspensión aplicada en la sanción original para jugadores y jugadoras en el ámbito Nacional e Internacional.
  • Instruir a los jugadores y jugadoras sancionadas a realizar charlas para concientizar y ayudar a que esta situación no vuelva a ocurrir. Esta instrucción abarca el período de la sanción original y en el ámbito de torneos locales y nacionales que se desarrollen en el ámbito de AMeBal.

DE LAS FALTAS DE LOS ENTRENADORES, CUERPO TÉCNICO Y AUXILIARES
PELATAY, Daniel

  • Reducir la sanción económica en un 50% por duplicidad de sanción.
  • Mantener la inhabilitación aplicada en la sanción original.

RODRÍGUEZ, Adrián Oscar

  • Mantener la inhabilitación y sanción económica aplicadas en la sanción original.